Blanqueo de capitales 2024
La Resolución General 5528/2024 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) regula el “Régimen de Regularización de Activos” establecido por el Título II de la Ley N° 27.743. A continuación, te proporciono un resumen de los aspectos clave:
1. Quiénes pueden adherir al régimen:
o Personas humanas.
o Sucesiones indivisas.
o Sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (residentes fiscales argentinos al 31 de diciembre de 2023), independientemente de su inscripción ante la AFIP.
o Personas humanas no residentes que antes del 31 de diciembre de 2023 hubieran sido residentes fiscales argentinos y hubieran perdido tal condición.
2. Plazo de adhesión y presentación de declaración jurada:
o El plazo para adherirse al régimen y presentar la declaración jurada se extiende hasta el 30 de abril de 2025.
o El Poder Ejecutivo Nacional puede prorrogar este plazo hasta el 31 de julio de 2025.
3. Etapas y obligaciones del régimen:
o El régimen se divide en etapas según la fecha de adhesión.
o Se establecen plazos para cumplir con las obligaciones y las alícuotas del Impuesto Especial de Regularización aplicables.
4. Impuesto Especial de Regularización:
o Se aplica sobre el valor total de los bienes en el país y en el exterior que se regularicen.
o Debe determinarse en Dólares Estadounidenses e ingresarse según las condiciones establecidas por la AFIP.
5. Reglamentación y competencias:
o El Decreto N° 608 del 11 de julio de 2024 reglamenta el Título II de la Ley N° 27.743.
o La AFIP dicta normas complementarias, aclaratorias y operativas.
o El Banco Central de la República Argentina y la Comisión Nacional de Valores también emiten disposiciones en sus respectivas competencias.
6. Requisitos para la adhesión:
o Los sujetos residentes deben cumplir con las disposiciones de la presente resolución.
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